Financiamiento Universitario


E-mail this post



Remember me (?)



All personal information that you provide here will be governed by the Privacy Policy of Blogger.com. More...



Asuntos sobre el Proyecto de Ley de Financiamiento de la Educación Superior.

Sobre los antecedentes generales a los cuales se remite el informe.

“El desarrollo de un conjunto complejo y diversificado de instituciones y una expansión de la matrícula casi al doble, reflejan que en Chile se ha producido una profunda transformación de la educación superior. Ello ha traído como consecuencia exigencias acerca de la calidad de la educación y respecto de las necesidades de financiamiento de los estudiantes. El gobierno sostiene que ha enfrentado estos dos desafíos.”

Estos términos que hace referencia la comisión presentan un tratamiento ligero, que oculta una realidad sumamente relevante a la hora de plantear hacia donde está dirigida la educación y cuales son los mecanismos más eficaces para poder abordar el problema.

Unas de las justificaciones de la alza de los aranceles, son las investigaciones que llevan a cabo las universidades, el aumento de recursos a la disposición del alumnado y nuevos complejos educacionales de las instituciones. Sin embargo toda la tecnología con la pudiesen contar, no certifica un aumento, necesariamente, de la calidad de la enseñanza ni de una participación plena del estudiante en su universidad, instituto profesional o centro de formación técnica, como tampoco la incorporación de agentes que permitan el ingreso de personas que cursen su educación secundaria en establecimientos fiscales, y que se ven perjudicados por la diferencia en la calidad de enseñanza y recursos con otros establecimientos de carácter privado.

“Respecto a la equidad del acceso [...] ‘hemos hecho un compromiso de facilitar el ingreso a la educación superior a todos los jóvenes que, teniendo los méritos académicos, carecen de recursos para financiar sus estudios”

Debe quedar claro lo que la palabra mérito significa para el ingreso a estudiar y financiar la el costo correspondiente.

1. Como primer punto, el sistema por el cual se basa la recompensa al mérito es injusta; esto tiene bases en la diferencia de recursos con las que cuentan los distintos establecimientos de educación superior y que influye notoriamente en los niveles de aprendizaje de los alumnos; a esto se le debe añadir la situación socioeconómica que predomina generalmente en estos dos sectores; mientras que en las escuelas privadas el alumnado no tiene preocupaciones ajenas (refiriéndonos al aspecto socioeconómico), en los colegios fiscales este factor es sumamente importante para el desempeño del alumno, al cual se le suman el ambiente escolar reinante y la calidad de la enseñanza de el cuerpo docente (en el caso estatal, tienen que trabajar en muchos establecimientos para poder hacer su sueldo que no es excesivo). Sometiendo a dos estudiantes, uno de una escuela privada y el otro de una estatal, con un notorio interés por el estudio, a un mismo sistema educacional, éstos deberían obtener similares resultados diferenciados solo por factores como los sicológicos o biológicos. Lo mismo ocurre con aquellos, quienes no poseen el gusto por estudiar; por lo tanto, el mérito, que de por si es un sistema apremiante No Valido, está sustentado en una realidad que no resiste a la lógica correspondiente al uso de estos mecanismos; las realidades no son comparables, por este sistema de evaluación equitativo es equivocado.

2. Aquellos que tengan “mayor mérito académico” que otro, serán beneficiados con el ingreso a las universidades que exigen una prueba de “reconocimiento de la calidad académica” del estudiante; este asunto, no se sustenta por lo dicho en el punto anterior; sesgar a aquellos quienes “no merecen estudiar” para dejarlos fuera de una universidad tradicional, es igualmente grave que acotar los sistemas de créditos a aquellas personas que no alcancen una “excelencia promedio”. Es restringir la posibilidad de querer ejercer la voluntad sobre el derecho de la educación, matando al sistema educacional que se restringe a una elite privilegiada.

Sobre la comparación legislativa y de los instrumentos de financiamiento de estudios de educación superior a nivel mundial.

La comparación se establece en países que han sufrido cambios en sus sistemas educacionales, como incrementos de aranceles, o reformas drásticas, como también la inserción de nuevos instrumentos para financiar la educación superior. De todas formas, estas experiencias no son comparables pues las situaciones socioeconómicas de la población son totalmente distinta; se pone como ejemplo la situación de Holanda quien por una serie de reformas, modificó su sistema de becas por uno de prestamos con el argumento de que esto mejoraría la calidad del rendimiento estudiantil; pero en este especifico punto hay temas que no se tocan lo que cambia totalmente la realidad del sistema; como los niveles de ingresos salariales mínimos son bastante elevados, el incentivo de estudio como método de subsistencia solo nace en aquellos que tienen gusto por estudiar; los otros tienen la opción de trabajar en empleos básicos percibiendo remuneraciones grandes. Éste tema es importante, ya que en el se basa uno de los principales pilares del proyecto de ley de financiamiento de la educación superior.

“Los argumentos favorables al sistema de becas son [...] Que facilitan el acceso a la educación superior de aquellos que tienen las aptitudes pero no tienen la capacidad económica para pagar los aranceles de matrícula. Mediante este sistema se logra, por un lado, obviar que el origen socioeconómico sea el elemento que determine el acceso de estudiantes a la educación superior y, por otro, desaprovechar talentos intelectuales potenciales por razones económicas [...] Se suele considerar que el financiamiento de los estudiantes universitarios mediante préstamos posee mejores propiedades, en términos de eficiencia y equidad, que las becas (Informe Universidad 2000, Informe Bricall, España), por las siguientes razones:

En términos de eficiencia, porque promueve la mejora de la calidad del sistema universitario. Con el sistema de préstamos, los estudiantes toman mayor conciencia del costo de su educación; tienen mas incentivos para exigir una enseñanza de calidad, y deben esforzarse en los estudios y en el trabajo, para poder devolver el financiamiento recibido [...] Cabe pensar que la gratuidad de la enseñanza superior no sólo no promueve el esfuerzo de los estudiantes, sino que tiende a crear problemas de selección adversa, atrayendo a las Universidades a estudiantes que no tienen posibilidades de completar los estudios [...] Dentro de un punto de vista académico, se dice que el compromiso que asume el estudiante de pagar los préstamos a futuro implicarían un mayor interés del deudor en lograr un buen rendimiento académico y disminuiría el fracaso y la deserción estudiantil.”

Pese a que en el documento se tratan los otros sistemas de becas, y se establecen cuatro puntos a tratar por el Ejecutivo, lo referido a esta ley recae en el sistema de prestamos de créditos y ahorros. Sacan como conclusión de su tanteo mundial, que el sistema de prestamos “incentiva al estudiante a rendir de mejor forma ya que está comprometido con el pago de su educación” y es en esto donde establece sus bases argumentativas para la creación del proyecto de ley.

Este argumento reiterativo en múltiples instancias del documento, se establece en el punto de que al estar completamente conciente de que el costo de la educación y su endeudamiento corre por “exclusiva” responsabilidad del estudiante, el alumno podrá rendir satisfactoriamente; hay por cierto, que señalar, que esto es una hipótesis ligera; todo por no tener bases reales que lo comprueben y por suponer que un estudiante endeudado estudia mucho mejor; lo que deja aparte es la implicancia de sentirse endeudado y que no representa necesariamente un estimulo para un mejor rendimiento académico, sino, al contrario, una gran presión que obliga a un estudiante de baja condición socioeconómica, a tratar de cumplir con los plazos de cumplimiento de su periodo de estudio, siendo muchas veces, esto, factor directo del estrés y la deserción estudiantil. Es pensar que un trabajador que viva rodeado de deudas que le impidan estar tranquilo, pueda obrar de forma optima en su trabajo para poder cancelar lo que adeuda. Un estudiante endeudado estudia mucho mejor.

Todo eso fue parte de una “investigación de especialistas” y el asesoramiento de autoridades educacionales, en ningún motivo fueron incluidos los mismos agentes consumidores del servicio que son los estudiantes.

Sobre los Objetos de la Ley

“Generar institucionalidad para apoyar de manera permanente y sustentable el acceso al financiamiento de estudiantes que, teniendo las condiciones académicas requeridas, no pueden obtener avales privados para financiar sus estudios”

“Establecer un sistema de ahorro para el financiamiento de la educación superior que premie a las familias de escasos recursos y de clase media que ahorren con esta finalidad”

Sobre el proyecto de ley como resolución a los objetos que esta persigue.

El método para solucionar estos puntos, que el comité establece, es poner al Estado como aval, que garantice los créditos otorgados por las instituciones privadas que los otorguen, previa regularización de las mismas según el comité dicte, como los índices de riesgo o los aranceles referenciales. Este aval, que garantiza el 90 % del crédito, se hace efecto desde el egreso de los estudiantes hasta la extinción de la deuda, bajo las siguientes condiciones:

- Las instituciones deben ser autónomas y acreditadas, o haber indicado su proceso de autonomía y estar “autorizadas” por el MINEDUC mientras no exista ley de acreditación.

- Las instituciones deben cumplir riesgo por “deserción”, es decir, entregar a su vez garantía financiera por los créditos mientras los estudiantes no egresen de la institución

- Las instituciones deben financiar todos los gastos de la nueva “Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores, de manera proporcional a la garantía entregada por el Estado a los estudiantes de cada una de las instituciones.

El primer punto trata de la obligación por parte de Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica, de ser autónomas y estar acreditadas según la Ley de Acreditación recién aprobada. El problema resulta cuando muchos organismos que cuentan con una amplia población estudiantil, quedan fuera de estas restricciones, y por tanto, fuera de la posibilidad de acceder a los créditos que esta Comisión establece; hay que señalar que muchas de las Universidades del Consejo de Rectores quedarían fuera de estos limites, perdiendo la posibilidad, a sus alumnos, de poder financiar sus estudios.

En relación a la segunda condición, estas instituciones garantizan el 90 % de la deserción estudiantil, lo que hace suponer a la Comisión, que la calidad de la enseñanza mejorara. El punto que pasa desapercibido es aquel que hace referencia al sistema de ahorro que es sumamente fundamental para el otorgamiento de estos créditos; este sistema de ahorros debe tener un mínimo de ingresos que de por si es absurdo, y del que se sirven las universidades o las instituciones cobradoras, para pagar los estudios del alumno; en caso de deserción, el crédito no se hace efectivo para todo el tiempo de estudios incluyendo el que el estudiante no cumple, por lo tanto esa garantía de ahorro sirve en casos de que el alumno deje de estudiar sin haber pagado sus créditos.

Es importante señalar que por deserción se estipula todo abandono, cualquier sea el motivo, de estudios, por parte del estudiante, por mas de doce meses consecutivos.

En el tercer punto que queda difuso, cabe señalarlo, establece que los tres representantes de las instituciones, para acceder a elegir los candidatos que conformen la comisión deben aportar financieramente a ella, al igual que con solo hecho de conformarla. Ese dinero que sale de la Universidad suma parte de una serie de gastos que se ven, a su vez, reflejado en el alza indiscriminada de aranceles.

El estado como aval se rige bajo las siguientes condiciones:

- El estado garantizará los créditos privados por medio del fisco, hasta un monto general anual fijado por la ley de presupuesto.

- El fisco puede hacer “compraventa” de las deudas y créditos, sin poseerlas para sí, hasta un monto máximo fijado por la ley de presupuesto.

- El nivel de garantía (preferencia de bonos) estará dado por un factor de riesgo de grado de inversión (carrera, universidad, etc.).

- Cada crédito tiene un máximo de garantía dado por un decreto supremo (educación–hacienda), único para cada carrera e institución (riesgo), y basado en un arancel referencial fijado por los dos ministerios.

- Una vez fijado el arancel máximo, se señalara el monto total a garantizar por el alumno, que no puede exceder de:

o Licenciados: tres veces el arancel de referencia

o Profesional: dos veces el arancel de referencia

o Técnico Superior: arancel de referencia.

- La garantía comienza a operar cuando el beneficiario (estudiante) deja de pagar.

Estos créditos, al no ser completamente estatales, sino pertenecientes a privados, el interés por crédito no fluctúa en el orden del 2% sino que podría llegar incluso hasta un 10 %; además, la deuda a la que se somete el estudiante es comprada por el fisco y utilizada como una compra-venta con otras instituciones privadas.

Existe una garantía Estatal en caso de que no se pueda seguir pagando el crédito, o que se deserte de la carrera; esto esta regido por las condicionantes que lo limitan por un factor de riesgo de las carreras y Universidades; es decir, una carrera con poco factor de riesgo en una Universidad prestigiosa, tiene mas posibilidades de acceder al crédito que una que posea un gran factor de riego en una universidad poco reconocida. Aquí es donde la educación toma una personalidad de libre mercado, convirtiéndose en un instrumento más de inversión económica por parte de los privados y determinando a la educación como un beneficio en vez de un derecho. Siguiendo la lógica comercial se comprende el porque de los créditos según la rentabilidad económica de ciertas carreras; las instituciones educacionales pasarían a formar parte de la industria económica, y carreras con poca rentabilidad, como educación o filosofía, estarían perjudicadas.

Para la obtención del crédito, el estudiante, debe estar dentro de unos límites establecidos por los siguientes requisitos:

- Chilenos o extranjeros con residencia definitiva

- Alumnos regulares de Pregrado en instituciones acreditadas.

- Condiciones socioeconómicas que justifiquen el otorgamiento del crédito.

- Rendimiento meritorio

- Ser licenciados de Enseñanza Media, con doce meses o menos a la fecha de haber ingresado a la institución educacional.

- Firmar un mandato que permita que el empleador pueda descontar, por planilla, las cuotas del crédito.

- No incurrir en deserción académica más de una vez (abandonar los estudios por doce meses consecutivos).

- La preferencia ante condiciones, tanto académicas como socioeconómicas, similares, es para quien tenga un plan de ahorro con, al menos, dos años de antigüedad a la fecha de petición del crédito.

Es preciso señalar los componentes que conforman dichos planes de ahorro que determinan quienes son “beneficiados” por el crédito y quienes no; unas de las medidas a tratar por el ejecutivo y que abarca el proyecto es la creación de un sistema de planes de ahorro para familias que, teniendo como fin, el financiamiento de la educación superior, quisiesen ahorrar a favor de esto.

Los planes de ahorro dejan de ser solo simples cuentas de ahorro y tomar ribetes importantes como nuevo instrumento de financiamiento. Estos planes de ahorro se pueden contraer mediante bancos, instituciones financiares, administradoras de fondos mutuos, compañías de seguros de vida y cajas de compensación. Su objeto final es el financiamiento de la educación superior por lo que se toman medidas precautorias como la posibilidad de no ser embargables por medidas precautorias u otras. Al ingresar a alguna institución educacional, comienza a hacerse efectivo el pago a ésta, desde los planes de ahorro cobrando, eventualmente, comisiones establecidas por la entidad bancaria

Es requisito para acceder a alguna subvención estatal, tener alguna cuenta de ahorro para el financiamiento de la educación superior contraída bajo estas condiciones y una antigüedad en el plan, de al menos dos años. Al mismo tiempo que este sistema establece una fuente segura de ahorros, pervierte al mecanismo al otorgar parámetros de ahorro exagerados y subvencionarlos con dineros que ayudan en forma mínima al financiamiento. Visto de otro modo, así la banca se garantiza que cuentas con un compromiso a pagar y por tanto disminuye su riesgo de perdida. “si tienes auto y casa te puedo otorgar crédito ya que tienes como pagarlo, eventualmente”

Notas.

El presente informe se enfoca en las falencias que tiene el proyecto en sus bases investigativas y argumentativas, viéndolas como el desarrollo de las propuestas y argumentando por que éstas carecen de fuerza;

El proyecto de ley se establece como un marco de ayuda empresarial privada que tiene como consecuente directo o individuo explotado, al estudiantado que opta por el mercado ofrecido; en ningún caso se concluye que esta medida incentiva el ingreso a la educación superior al obviar el problema socioeconómico y pretende dar por solucionado el dilema de la educación superior.

En base a esto, el proyecto nada tiene que ver con un sistema que asegure el derecho de la educación, sino que lo rige al mercado capitalista y por consiguiente, a las consecuencias que esto trae.

Si entonces, se establece a la educación como un negocio, es razonable la postura del ejecutivo, ya que tampoco interviene en restricciones explicitas de auto mantenimiento a las Instituciones Educacionales regulándolas, solamente, el fin comercial.

El porque se está en contra de las instituciones educacionales, (privadas o estatales), no reguladas, es porque la educación no se considera como un bien comercial sino como un pilar fundamental en la integración y fortaleza de una sociedad; al no estar regidos los componentes esenciales de la sociedad, estas cosas fundamentales alcanzan distintos ribetes que no se norman por los valores anteriores sino por el individualismo privado y por los fines de lucro; es por esto que cuestiones importantes como la educación, la salud, la vivienda, entre otros, para mantener un estado justo y equitativo, debe ser normado, sustentado y vigilado por él mismo, teniendo como fin ultimo, la equidad en oportunidades y derechos, y el cumplimiento de los deberes mínimos de una sociedad.

Propuesta de Financiamiento desarrollada con la colaboración de Marco Kremerman, investigador y coordinador del programa Realidad Social de la Fundación Terram

El crédito con garantía estatal, estrenado con varios baches a comienzos de este año, trae consigo el riesgo de que, a largo plazo, el sistema de Fondo Solidario (compuesto por recursos fiscales) desaparezca y las soluciones de mercado sean la única alternativa viable para todo estudiante. El problema es de carácter estructural.

Chile es uno de los lugares en donde más privatizada se encuentra la educación superior, en donde sólo dos de cada diez pesos gastados proviene de fuentes públicas, en un contexto en donde el 60% de las familias chilenas cuenta con un ingreso menor a los $350 mil para todos sus gastos y en donde apenas el 30% de quienes inician un plan de estudio logran terminarlo, principalmente por problemas económicos.

En los últimos 20 años se ha triplicado la matrícula en el sistema, ahora tenemos 600 mil estudiantes y en 8 años más se estiman 1 millón de ellos. El gobierno ante tal vertiginoso crecimiento y ante la necesidad de generar capital humano avanzado, no está siendo prolijo en los medios que está utilizando para responder a esta tendencia. Más allá de la añeja discusión Estado v/s Mercado, nuestro país no estaba preparado culturalmente para tal ruta privatizadora, dado su grave contexto de desigualdades.

La Fundación Terram, en un reciente estudio, junto con realizar un exhaustivo diagnóstico de tal situación, plantea las sigiuentes propuestas, que tienen como principal objetivo, asentar los pisos mínimos del debate y reposicionar el tema de la Universidad Pública y la necesidad de establecer un sistema al menos de carácter mixto:

- Establecer la gratuidad de los estudios superiores, en las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores, en los Centros de Formación Técnica y en los Institutos Profesionales, para los jóvenes pertenecientes al 40% más pobre de la población.

- 100% de Crédito para los estudiantes que pertenezcan al tercer quintil (ingreso del hogar promedio de $320 mil) de universidades del Consejo de Rectores y 50% de gratuidd para quienes estudien carreras técnicas.

- 50% de Crédito para los estudiantes del cuarto quintil (ingreso del hogar promedio de $503 mil) de universidades del Consejo de Rectores.

- Se deben multiplicar considerablemente las becas de mantención (alimentación, materiales de estudio, locomoción) para que muchos de los estudiantes no tengan que desertar del sistema. Becas de $30 mil para 170 mil estudiantes pertenecientes a los tres quintiles más pobres.

Para todo ello, se requieren $260 mil millones, más de dos veces el actual presupuesto destinado a becas y créditos por el Estado. Dado que los recursos destinados a educación superior impulsan la creación de capital humano avanzado, que a su vez permite dar un salto en nuestra estrategia de desarrollo hacia una segunda fase con mayor valor agregado para insertarnos en un mejor pie en el proceso de globalización, consideramos pertinente que la fuente de estos recursos provenga de los beneficios generados por la actual estrategia de desarrollo basada en la exportación de materias primas. Con el traspaso del 10% de las ventas de Codelco, actualmente destinados a gasto militar, y que el año 2003 registró más de $170 mil millones, se alcanza a cubrir este esquema de financiamiento propuesto, sobre todo en el contexto actual con el precio del cobre en un alza sostenida.


0 Responses to “Financiamiento Universitario”

Leave a Reply

      Convert to boldConvert to italicConvert to link

 


    Home

    ¿Quiénes Somos?

    Siniestra Online

    Noticias

    Documentos

    Opinión

    Contáctanos

    Blogs