Reforma Sistema Electoral Estatutos FEUC


E-mail this post



Remember me (?)



All personal information that you provide here will be governed by the Privacy Policy of Blogger.com. More...



INTRODUCCIÓN

Como Movimiento de Reforma Universitaria hemos manifestado constantemente nuestro compromiso con la democratización de los espacios, sobre todo al interior de la UC. En ese sentido, el año 2005 fuimos precursores de la creación de los nuevos Estatutos de la FEUC, en el marco de nuestra participación en la Directiva de la Federación de ese año, pues desde hacía muchos años, nuestro máximo órgano de representación estudiantil necesitaba de un nuevo Pacto Social que delineara la propia institución.

Haciendo una evaluación del proceso, llegamos a la conclusión, y a la convicción, de que uno de los aspectos que faltó mejorar en la versión definitiva del Estatuto fue la definición del mecanismo de elección de los miembros del Consejo Territorial, principal organismo creado por la misma Reforma. Cabe clarificar que, entendemos “sistema electoral” como aquel mecanismo que permite transformar votos en escaños.

La disciplina de la Política Comparada concuerda en que no es azarosa la definición a favor de un sistema electoral u otro, pues éstos tienen diversas consecuencias, incidiendo directamente en los tipos de organizaciones partidistas y sistemas de partidos que participan del juego democrático.

Lo preferible, son los sistemas electorales que permiten dar una considerable representatividad a la diversidad política existente, pero fomentando articulaciones políticas amplias, no centradas en fisuras particulares, sino que en grandes temas y valores de fondo. Lo óptimo es que lo anterior vaya de la mano con una limitación de las barreras de entrada para fuerzas políticas emergentes, para movimientos locales de base y para candidaturas independientes, para avanzar hacia una democracia inclusiva.

Así como la selección de un sistema electoral incide en la forma que adquiere el sistema de partidos, éste último es importantísimo a la hora de seleccionar una nueva fórmula para elegir cargos. Es difícil que los partidos (o movimientos, como en la UC) ya existentes respalden reformas que puedan perjudicarlos. Por esto, es fundamental buscar un acuerdo lo más transversal posible a la hora de modificar este aspecto.

Otro aspecto a tener en consideración, a la hora de pensar en un nuevo sistema electoral, es cuánto favorece (o desfavorece) al “accountability”, (rendición de cuentas del representante ante sus electores). Hay claridad entre diversos cientistas políticos respecto de que los sistemas de elección personalizada, donde se identifica e individualiza al candidato, favorecen esta rendición de cuentas, pues hay mayor cercanía entre elector y elegido, por eso es preferible que el votante elija entre candidatos, no entre partidos.

Finalmente, a la hora de definir un sistema electoral, es importante tener en cuenta una serie de interrogantes (seleccionadas entre las enunciadas por el Instituto IDEA):

· ¿El sistema es claro y comprensible?

· ¿Se ha tomado en cuenta el contexto?

· ¿El sistema evita subestimar al electorado?

· ¿El sistema es lo más incluyente posible?

· ¿El proceso de diseño del nuevo sistema se percibirá como legítimo?

· ¿Los resultados electorales serán considerados legítimos?

· ¿El sistema es sustentable en términos financieros y administrativos?

· ¿Se está alentando un sistema competitivo de partidos?

· ¿El sistema contribuirá a reducir los conflictos y no a exacerbarlos?

DIAGNÓSTICO ACTUAL

El sistema electoral consagrado actualmente en nuestro Estatuto para elegir a los Consejeros Territoriales se enmarca dentro de la familia de Sistemas Mayoritarios, cuyo rasgo común es elegir a aquellos partidos o candidatos que tuvieron mayor cantidad de votos.

Antes de detallar concretamente al sistema electoral actual, queremos hacer una valoración positiva del espíritu presente en el Estatuto, según el cual se utiliza el mismo sistema electoral en todos los distritos. Para que la fórmula electoral goce de legitimidad es importante que se utilice el mismo mecanismo, incluso si estamos ante la existencia de territorios con diferente magnitud (puesto que hay desde uninominales hasta uno que elige 4 representantes).

Particularmente, el sistema vigente es aquel conocido como de “Mayoría Simple” (MS) o Mayoría Relativa, que consiste en que cada elector opta por un candidato, resultando electo(s) aquel(los) que obtiene(n) la mayor cantidad de votos, sin importar la diferencia porcentual entre uno y otro, ni el porcentaje que representen del total de votos emitidos. En teoría, podría salir electo un candidato con tan sólo 2 preferencias, si es que el resto de sus contendores hubiese obtenido uno cada uno.

Dentro de las ventajas de este sistema se consigna fundamentalmente su simplicidad. Además, favorece la existencia de partidos de amplia base, poniendo fuertes barreras de entrada para la atomización política; permite al votante optar entre candidatos, y no entre listas cerradas de partidos, permitiendo la participación de candidatos independientes.

Sin embargo, este sistema MS presenta serias desventajas, que afectan la democracia:

· Es excluyente. Pone altas barreras de entrada a los movimientos emergentes, subrepresentando (o derechamente dejando afuera) a las minorías y a aquellas colectividades que, teniendo una buena votación global, no son mayoría en ningún distrito.

· Tiende a generar bipartidismo. Precisamente por los 2 puntos anteriores, tiende a limitar la cantidad de contendores políticos, ocasionando, de paso, una desideologización de la política.

· Se vuelven inútiles una gran cantidad de votos que no tienen incidencia en la votación, pues, al elegir al que tiene mayoría relativa, puede ser que el apoyo del candidato sea minoritario, porcentualmente, en comparación con la suma de la votación de sus contendores.

· Pone altos incentivos a definir la elección mediante negociaciones cupulares, antes del propio evento eleccionario.

· Por el temor a la dispersión de votos, pone cortapisas a la inscripción de un número de candidaturas superior a 2, limitando, en la práctica, la participación de nuevos actores y de candidatos independientes.

· No promueve la diversidad y es poco competitivo. Por su tendencia al bipartidismo, limita y hasta tiende a anular la competencia dentro de los grandes bloques políticos que podemos distinguir (Izquierda – Centro – Derecha).

· Al haber una gran cantidad de votos “no útiles”, se lesiona la legitimidad del candidato electo, por cuanto su representatividad puede ser bastante reducida, contando con el apoyo de tan sólo una minoría de los electores de su distrito.

NUESTRA PROPUESTA

Luego de un acucioso análisis de distintos sistemas electorales existentes en el mundo, como MRU hemos decidido proponer la implementación de 2 sistemas electorales que pertenecen a la familia de los sistemas de “Voto Preferencial”. Hemos elegido 2 sistemas, básicamente, por la diferencia de magnitud (cantidad de escaños a elegir) entre los diferentes distritos.

Cabe destacar, antes de analizar cada sistema por separado, que proponemos estos mecanismos, pues en ambos el votante marca sus preferencias de la misma manera, cambiando sólo la forma en que se designa a los candidatos electos, a la hora del escrutinio.

Para los distritos uninominales, es decir que elijen 1 consejero, proponemos el modelo conocido como “Voto Alternativo” (VA) que, al igual que el MS, se cuenta dentro de los Sistemas Mayoritarios, pero enfocado en corregir bastantes de las falencias de éste. A su vez, para los territorios que elegirán a más de un consejero, proponemos el sistema conocido como Voto Único Transferible, que si bien también es un modelo preferencial, se cuenta dentro de los Sistemas Proporcionales.

Si bien las fortalezas de ambos sistemas serán detalladas más adelante, cabe destacar acá que optamos por proponer sistemas cuyo escrutinio difiere pues, en el primer caso, consideramos fundamental que en los distritos de magnitud 1 el candidato electo cuente con una mayoría absoluta de respaldo, mientras que, asimismo, creemos importante que en los territorios donde se elije más de un escaño, los candidatos electos representen más o menos proporcionalmente a los distintos sectores.

En términos operativos, ambos sistemas son iguales para el votante (aspecto fundamental, pues a lo largo de toda la universidad existiría el mismo sistema de voto):

· Cada elector debe marcar entre un mínimo de 2 y un máximo de 4 candidatos en la papeleta de votación, indicando su orden de preferencia (en adelante, “rankear”).

· Para realizar el rankeo, cada papeleta presentará en su extremo izquierdo el nombre (y carrera, si corresponde) de cada uno de los candidatos. A continuación, se ubicarán 4 columnas de líneas horizontales, siendo la primera (de izquierda a derecha) donde se marcará la primera preferencia, así sucesivamente hasta la última columna, donde se marcará la cuarta preferencia. En cada una de éstas columnas el votante puede marcar sólo una preferencia.

· El elector estará obligado a marcar un mínimo de 2 y un máximo de 4 preferencias, según éstas sean de su agrado o menor desagrado, en caso de que esto no se cumpla, y se marquen menos o más preferencias, el voto será considerado nulo. Asimismo, si el votante marca a uno de los candidato más de una vez, también será considerado nulo el voto.

En cuanto a las características particulares del sistema de Voto Alternativo, que operará en los distritos uninominales, tendrá las siguientes características:

· El sistema de conteo de votos es el siguiente. Primero se cuentan las primeras preferencias de cada candidato. Si terminado el conteo uno de los postulantes obtuvo mayoría absoluta (50% + 1), inmediatamente sale electo.

· Si ninguno alcanzó la mayoría absoluta, se elimina del escrutinio a aquel que obtuvo la menor cantidad de primeras preferencias, distribuyendo sus segundas preferencias en el resto de los candidatos, según corresponda. Si, con los votos de segunda preferencia, alguno alcanza mayoría absoluta, resulta electo inmediatamente.

· Si aún así nadie ha alcanzado la mayoría absoluta, nuevamente se elimina al que tiene menor cantidad de preferencias, redistribuyendo sus preferencias subsecuentes, y así sucesivamente, hasta que se llena el cupo correspondiente.

Con respecto al sistema de Voto Único Transferible, que operará en los distritos de magnitud mayor a 1, operará de la siguiente manera:

· Al igual que el sistema anterior, lo primero es contar la cantidad total de votos de primera preferencia. A partir de ese número, se calcula la “cuota repartidora” de la siguiente manera:

o Cuota repartidora = Total de votos de primera preferencia + 1

Nº de Escaños + 1

· A continuación, se cuentan las primeras preferencias de cada candidato. Si alguno alcanza la cuota repartidora, sale inmediatamente electo.

· Si ninguno alcanza la cuota repartidora, se elimina al que tiene menos primeras preferencias, redistribuyendo sus segundas preferencias en los candidatos restantes. Luego, se eliminan nuevamente candidatos, si es necesario, hasta que alguno alcance la cuota.

· El proceso de conteos sucesivos continúa hasta que todos los escaños que le corresponden a un distrito electoral son distribuidos entre los candidatos que hayan alcanzado la cuota establecida o sólo queda en el conteo un número de candidatos que excede en uno al número de escaños por asignar, en cuyo caso todos los candidatos que quedan, salvo el último, son elegidos aunque no hayan obtenido la cuota requerida.

Para clarificar la forma de actuar del sistema VA, a continuación proponemos dos simulaciones de votación, una en el marco de una circunscripción uninominal, y otra en una de magnitud plurinominal:

Universo de mil votantes, para elegir a un Consejero Territorial, con 5 candidatos.

Candidato 1ª pref. 2ª pref. 3ª pref. 4ª pref.

A 400 votos 150 para B 150 para D 200 para B

200 para C 200 para E 200 blancos

50 para E 50 blancos

B 150 votos 102 para C 48 para C 75 para A

48 para A 50 para D 50 para E

50 para E 15 para D

10 blancos

C 300 votos 100 para D 100 para E 300 blancos

100 para E 200 para B

100 para B

D 50 votos 40 para E 40 para B 40 para C

10 para B 10 para C 10 blancos

E 100 votos 75 para C 50 para A 50 para B

25 para B 25 para C 25 para A

25 blancos 25 blancos

Fijándonos en el destacado en verde, vemos la distribución de las primeras preferencias. Como la mayoría absoluta en este caso serían 501 votos, y la votación más alta es de 400 votos (candidato A), se procede a eliminar al menos votado (candidato D), distribuyendo sus segundas preferencias, quedando los votos de la siguiente manera:

· Candidato A: 400 votos.

· Candidato B: 150 + 10 (D) = 160 votos.

· Candidato C: 300 votos.

· Candidato E: 100 + 40 (D) = 140 votos.

Aún no alcanza mayoría absoluta ninguno, por lo que eliminamos al de menor respaldo, en este caso al candidato E, repartiendo sus segundas opciones. Asimismo, repartimos las siguientes opciones de D, que ya se habían pasado a E quedando la siguiente distribución:

· Candidato A: 400 votos.

· Candidato B: 160 + 25 (E) + 40 (D, pasados a E) = 225 votos.

· Candidato C: 300 + 75 (E) = 375 votos.

Ya que aún no se manifiesta una mayoría absoluta, hay que eliminar al candidato con menos votos, en este caso el B, redistribuyendo sus segundas preferencias. Asimismo se reparten las siguientes preferencias de D y E que se habían pasado a algún candidato ya eliminado, quedando de la siguiente forma:

· Candidato A: 400 + 48 (B) + 25 (E, pasados a B) = 473 votos.

· Candidato C: 375 + 102 (B) + 10 (D, pasados a B) + 40 (D, pasados a E y luego a B) = 527 votos. (ESTE CANDIDATO ES ELECTO)

Utilizando el mismo ejemplo de votación, pero ahora enmarcado en un distrito que elige 3 Consejeros Territoriales, tenemos, en primer lugar, que sumar todos los votos de primera preferencia para sacar la cuota repartidora.

o Cuota repartidora = Total de votos de primera preferencia + 1

Nº de Escaños + 1

o Cuota repartidora = 1000 + 1 = 251

3+1

Como la cuota repartidora es de 251, tanto A como C resultan inmediatamente electos, pero falta llenar el tercer escaño. Como D es el menos votado, se elimina, traspasando su votación entre los 2 candidatos restantes, quedando de la siguiente manera:

· Candidato B: 150 + 10 (D) = 160 votos. (CANDIDATO ELECTO)

· Candidato E: 100 + 40 (D) = 140 votos.

Habiendo clarificado ya la forma en que funcionan ambos sistemas de VP, es importante destacar cuáles son sus fortalezas, y asimismo, reconocer sus debilidades. Partiendo por éstas últimas, podemos consignar que es un sistema complejo, por cuanto requiere una mayor instrucción de parte del elector, acompañado de una campaña de información de cómo opera el sistema (para no inducir a error). Sin embargo, como el electorado en este caso está compuesto por estudiantes universitarios, se asume que no habría tantas complicaciones para la buena comprensión (y buen funcionamiento) del sistema.

Otra desventaja, que opera particularmente en el sistema VA, es que al igual que la gran mayoría de los Sistemas Mayoritarios, podría producir una razonable diferencia entre los porcentajes de votación de los movimientos políticos (a nivel de toda la Universidad) y los escaños obtenidos.

Esto también podría darse en los distritos plurinominales, donde operaría el sistema de VUT, pero aminorado por el perfil proporcional de ese sistema. Además, sucede que en general el modelo de distritaje presente en el estatuto promueve sólo territorios de baja magnitud (el más grande, elige 4 escaños), por lo que es inevitable que se produzca una cierta desproporción.

Una tercera desventaja es que dificulta las proyecciones de votación, por cuanto los movimientos políticos difícilmente van a poder hacer un cálculo estimativo (a la luz de sus votaciones de años anteriores) de las segundas y terceras preferencias. De todos modos, esto no nos parece del todo negativo, pues pone en una situación de igualdad de condiciones a todas las fuerzas políticas, representando un gran desafío, de cara a la elección de Consejeros Territoriales.

Con todo, consideramos que son mucho más gravitantes las ventajas de este sistema, a saber:

· Personaliza el voto, acercando a los candidatos con los electores, contribuyendo a un mejor accountability.

· Apuntan al objetivo de asegurar que quien gane la elección cuente con el mayor apoyo posible (mayoría absoluta, en los distritos de magnitud 1, y una cuota de repartición plausible, en los plurinominales) del electorado, tendiendo a una mayor legitimación de los candidatos electos.

· La transferencia de sufragios permite que los votantes de candidatos con poca esperanza de salir electos influyan en la elección del candidato ganador, mediante sus segundas y subsecuentes preferencias.

· Por lo antes señalado, se limita el impacto de las “máquinas electorales” de los movimientos, por cuanto es el elector quien adquiere mayor gravitación, al tener no sólo la posibilidad de rankear a los candidatos, sino que además puede votar sólo por uno (que se cuenta como primera preferencia), si así lo estima pertinente.

· Pone incentivos a los candidatos buscar no sólo los votos de sus simpatizantes directos, sino que también cautivar las segundas preferencias de otros. Esto contribuye a una campaña con mejor información, y basada en mejores y más claras propuestas de parte de los postulantes, en la búsqueda de generar mayorías, reduciendo de paso el conflicto sin fundamentos, sino que favoreciendo la verdadera confrontación de ideas.

· Por lo anterior, fomenta un discurso inclusivo y no excluyente en la contienda política electoral entre los movimientos, descartando el sectarismo.

· El uso de preferencias implica que no sea necesario llevar a cabo una Segunda Vuelta electoral (porque ésta, en la práctica, se adelanta), traduciéndose esto en importantes ahorros económicos, tanto para los candidatos, como para la Federación.

· Es un sistema que funciona indistintamente, tanto si hay negociaciones y acuerdos entre bloques, como si no los hay, puesto que incentiva la inscripción de varias candidaturas, dando una mayor pluralidad de opciones al elector.

· Permite mantener el sistema de multipartidismo que actualmente existe en la UC, pero sin fomentar una contienda centrífuga, sino que favoreciendo una política responsable, de parte de los distintos actores.

· Por lo anterior, no lesiona el pluralismo existente en el sistema político de la UC, sino que, además, abre el espectro al ingreso de fuerzas políticas emergentes.

· Salvo los votos que dejan algunas preferencias en blanco, o que anulan las preferencias, todos los votos son gravitantes, resolviendo el problema de la alta tasa de sufragios inútiles.

· La dispersión de votos no genera un problema, pues el sistema de priorización de preferencias hace que, incluso, sea favorable tener un número de candidaturas mayor que la cantidad de escaños a elegir.

· Precisamente, a raíz de lo anterior, favorece y estimula la participación de candidatos independientes, elemento que es, sin duda, fundamental en el espíritu de la Reforma de Estatutos, cuyo eje era el avance hacia una Democracia Participativa.

PROPUESTA DE NUEVO ARTÍCULO

Proponemos modificar, entonces, el último inciso del actual artículo 46 del Estatuto, reemplazándolo por el siguiente:

“Los Consejeros Ejecutivos Territoriales se elegirán utilizando en todas las circunscripciones sistemas electorales de Voto Preferencial, que operarán en base al orden de preferencias (ranking) señaladas por los votantes. En términos globales, la elección funcionará de la siguiente manera:

· Los electores deben marcar un mínimo de 2 y un máximo de 4 preferencias, según su nivel de adhesión a los distintos candidatos.

· La papeleta de votación presentará en su extremo izquierdo el nombre (y carrera, si corresponde) de cada uno de los candidatos. A continuación, se ubicarán 4 columnas de líneas horizontales, siendo la primera (de izquierda a derecha) donde se marcará la primera preferencia, así sucesivamente hasta la última columna, donde se marcará la cuarta preferencia. En cada una de éstas columnas el votante puede marcar sólo una preferencia.

· Si el elector marca a menos de 2 o más de 4 candidatos, el voto será considerado nulo, lo mismo ocurrirá si marca más de una vez la misma preferencia.

· Para el escrutinio de los sufragios, en las circunscripciones uninominales se utilizará el modelo de Voto Alternativo, según el cual:

o Primero se cuentan las primeras preferencias de cada candidato. Si terminado el conteo uno de los postulantes obtuvo mayoría absoluta (50% + 1), inmediatamente sale electo.

o Si ningún postulante alcanzó la mayoría absoluta, se elimina del escrutinio a aquel que obtuvo la menor cantidad de primeras preferencias, distribuyendo sus segundas preferencias en el resto de los candidatos, según corresponda.

o Si, con los votos de segunda preferencia, alguno alcanza mayoría absoluta, resulta electo inmediatamente, pero si nadie ha alcanzado la mayoría absoluta, nuevamente se elimina al que tiene menor cantidad de preferencias, y se distribuyen sus segundas preferencias junto con las preferencias subsecuentes del candidato que ya había sido eliminado, hasta que uno de los postulantes obtenga la mayoría absoluta, llenando el cupo correspondiente.

· Para el escrutinio de los sufragios en territorios plurinominales, se utilizará el sistema de Voto Único Transferible, que opera de la siguiente forma:

o Primero se cuenta la cantidad total de votos de primera preferencia. A partir de ese número, se calcula la “cuota repartidora” de la siguiente manera:

§ Cuota repartidora = Total de votos de primera preferencia + 1

Nº de Escaños + 1

o A continuación, se cuentan las primeras preferencias de cada candidato. Si alguno alcanza la cuota repartidora, sale inmediatamente electo.

o Si ninguno alcanza la cuota repartidora, se elimina al que tiene menos primeras preferencias, redistribuyendo sus segundas preferencias en los candidatos restantes. Luego, se eliminan nuevamente candidatos, si es necesario, hasta que alguno alcance la cuota.

o El proceso de conteos sucesivos continúa hasta que todos los escaños que le corresponden a un distrito electoral son distribuidos entre los candidatos que hayan alcanzado la cuota establecida o sólo queda en el conteo un número de candidatos que excede en uno al número de escaños por asignar, en cuyo caso todos los candidatos que quedan, salvo el último, son elegidos aunque no hayan obtenido la cuota requerida”.


0 Responses to “Reforma Sistema Electoral Estatutos FEUC”

Leave a Reply

      Convert to boldConvert to italicConvert to link

 


    Home

    ¿Quiénes Somos?

    Siniestra Online

    Noticias

    Documentos

    Opinión

    Contáctanos

    Blogs